viernes, 19 de octubre de 2007

PARA EDUARDO SAMAN LA PROPIEDAD INTELECTUAL ES...

fuente: http://www.abn.info.ve/go_news5.php?articulo=106888&lee=1

Director de Sencamer:
La propiedad intelectual es una ficción
ABN 16/10/2007
Caracas, 16 Oct. ABN.- “La propiedad intelectual es una ficción, y es otra mentira que el conocimiento sea un bien intangible”, expresó el director general del Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (Sencamer) Eduardo Samán. Con respecto al artículo 98 de la Constitución Nacional agregado a la propuesta de reforma de la Carta Magna por la Comisión Mixta de la Asamblea Nacional, Samán señaló que en la modificación se reconoce el derecho de los autores y autoras. Sin embargo, aclaró que ello es muy diferente a la propiedad intelectual, porque estos derechos de autor no son de propiedad, “son derechos culturales, porque no tienen los atributos de propiedad”. El artículo incluido en la propuesta de reforma establece la libertad de la creación cultural e incluye la protección legal de los derechos del autor o autora sobre sus obras. De esta forma, se suprimiría de la Carta Magna: “El Estado reconocerá y protegerá la propiedad intelectual sobre las obras científicas, literarias y artísticas, invenciones, denominaciones, patentes, marcas y lemas (…)”. En este sentido, el director de Sencamer, expresó que ni en el tratado de Berna ni en la Declaración Universal de los Derechos Humanos dicen propiedad intelectual por ninguna parte, al igual que la Ley de los Derechos de Autor. Manifestó que el conocimiento no puede ser sometido a las reglas de las mercancías, porque se comporta de manera diferente, ya que el conocimiento no se consume. “Estamos desconociendo que las empresas gocen del derecho de autor, que es un derecho cultural y derecho humano. Estamos protegiendo más a los autores”, agregó Samán. Indicó que con este artículo se trata de impedir que una editorial le quite indefinidamente un derecho a un escritor, que una disquera le quite indefinidamente un derecho a un compositor o a un cantante. “Vamos a dar más derechos a los seres humanos, porque el derecho de autor no debe ser transferido, el autor puede licenciar la explotación de la obra para su uso comercial, puede darle un contrato a una disquera para que edite el disco, pero no les entrega sus derechos”, ilustró. Asimismo, expresó que en el caso de las marcas y las patentes son instrumentos comerciales, y no constituyen formas de propiedad. “Una marca es un derecho que otorga el Estado para que pueda usar un signo y pueda distinguir un producto o servicio, que dura 10 años, y si no se renueva, se pierde”. Samán explicó que la desaparición de las patentes, en el artículo 98 como parte de lo que el Estado reconocerá y protegerá, no significa que se van a desconocer, sino que se van a otorgar como concesiones, la patente es una concesión que da el Estado por 20 años a un inventor para que haga uso exclusivo de su explotación.
--------------------------------------------------------------------------------------------Estado venezolano consagra los derechos sobre la obra cultural creativa
ABN 15/10/2007
fuente:http://www.abn.info.ve/go_news5.php?articulo=106685&lee=18
Caracas, 15 Oct. ABN.- La creación cultural es libre y esta libertad comprende el derecho a la invención, a la producción y a la divulgación de la obra creativa, incluida la protección legal de los derechos del autor o autora sobre sus obras. El señalamiento lo hizo el diputado integrante de la Comisión Mixta de la Asamblea Nacional (AN), Earle Herrera, al ser entrevistado este lunes, en el programa Al Momento, que transmite Venezolana de Televisión (VTV). Explicó que producto de la globalización, la figura de la propiedad intelectual se redujo cada vez más a la cuestión comercial y esto se había mezclado con los derechos culturales, que no es más que el derecho del pueblo a disfrutar de la cultura y del derecho que tienen los autores sobre sus obras, “pero aquí no cabe el término de propiedad”. “Hacemos una separación o establecemos diferencias entre lo que es el derecho cultural y la propiedad intelectual. No se está eliminando la figura de la propiedad intelectual, sino que queda en el numeral 33, artículo 156, de la reforma, en el que se establece que el poder nacional tiene atribuciones para legislar sobre varias materias y entre ellas, las referidas a la propiedad intelectual e industrial. “El Estado reconocerá el derecho de todos a tomar parte libremente de la vida cultural de la comunidad”, dijo. Consideró que una vez que se apruebe la reforma constitucional, habrá que modificar la Ley de Derecho de Autor para ampliar el derecho que tienen los escritores realmente sobre sus obras. Dejó claro que esto no tiene nada que ver “con que estemos fomentando la piratería”. Sobre el artículo 337, en el cual se establece que se suprime el derecho al debido proceso e información en estado de excepción, Herrera expresó: “Ésta no es una legislación para el Gobierno de Chávez, sino para el Estado venezolano”. Aclaró que tampoco se trata de una retaliación por lo que pasó en abril de 2002, cuando se dio un golpe de Estado contra el actual Gobierno o cuando se efectuó un sabotaje petrolero, “simplemente esto es producto de un aprendizaje, porque las leyes obedecen de una experiencia vital y las sociedades van aprendiendo”. Indicó que a pesar de situaciones ocurridas, como el golpe de Estado, paro petrolero o guarimbas, el Ejecutivo Nacional no ha suspendido las garantías. No obstante, hay que dejarle atribuciones al Estado para que actúe en esas situaciones excepcionales. “Un Gobierno no puede permitir en un estado de excepción que se ponga en peligro la democracia o la vida de los ciudadanos, por lo tanto, en estos casos, lo que se busca es proteger la vida de los ciudadanos y estabilidad en un Estado”, aseveró. El diputado recordó que en horas de la tarde de este lunes, en el Teatro Teresa Carreño, sesiona la plenaria de la AN y se distribuirá el informe finiquitado por la Comisión Mixta sobre los artículos a reformarse para empezar la discusión, artículo por artículo, de la propuesta, este martes. Hizo la salvedad de que aparte de los 33 artículos propuestos por el Presidente, ahora hay 25 artículos más, gracias a la consulta popular. Sobre las propuestas de algunos voceros de oposición que acudieron al parlamento, Herrera apuntó que varios de ellos, más bien, hicieron advertencias en la AN. Sin embargo, “también fueron escuchadas”. Ratificó que la reforma debe estar aprobada en la AN a finales de mes para remitirla al Consejo Nacional Electoral (CNE) y éste convoque al proceso electoral correspondiente. Una vez aprobada la reforma, se dará aplicación de ésta de manera inmediata, a excepción de disposiciones transitorias que deben esperar porque se aprueben nuevas legislaciones o se modifiquen algunas establecidas, según sea el caso, apuntó. Herrera agregó que hay mucho optimismo en cuanto a que efectivamente el pueblo aprobará la reforma, “lo que se ha evidenciado en el recorrido que hemos hechos por todo el país y la reacción de la gente”.

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